[Olpc-uruguay] PRegunta sobre las licencias CC

Alejandro Rodríguez apple en internet.com.uy
Mar Ago 31 14:10:49 EDT 2010


Hay que tener bien claro que el derecho de autor es un Derecho Humano,
inalienable y que existe desde el mismo momento de la creación de la obra.
No es necesario inscribir la obra en ningún lado para tener derecho a que se
reconozca la autoría y a disfrutar de los beneficios económicos
correspondientes.

Una vez aclarado esto, digamos que uno puede vender los derechos comerciales
de su obra o encargarle a otro la administración de los mismos (es lo que
hacen los autores al afiliarse a AGADU). Pero nunca pierde el derecho de
autor.

Otra cosa, al comprar un objeto físico como un libro, un disco o incluso un
intangible como un MP3, uno no adquiere los derechos de autor ni los
beneficios económicos de la obra. O sea, no se puede ganar plata con él (por
eso no conviene cobrar entrada en un cumpleaños de 15).

El punto a definir ante una obra derivada es que el segundo autor no se
atribuya autoría de la parte que hizo el primero. El sistema de Creative
Commons consiste en que las obras quedan registradas para que haya un
testimonio de qué parte hizo quién. Es lo mismo que se hace en la Biblioteca
Nacional. Obviamente, ante un conflicto de intereses, el que tiene el
registro más antiguo gana. Los registros son útiles para los casos de
conflicto, pero no evitan que haya gente por ahí apropiándose de la autoría
de otros (existe un método más barato para registrar una obra, que consiste
en imprimir la misma, meterla en un sobre y enviárselo a uno mismo por
correo, cuidando que quede bien clara la fecha del matasellos. ¡Ojo! Sólo
hay que abrir el sobre cuando sea necesario demostrar la fecha de creación
de la obra).

Las "obras libres" tienen la autorización implícita a los segundos autores
para que utilicen y modifiquen la obra sin pagar por ello, pero nunca se
cede el derecho de autor de la obra original. El segundo autor no puede
vender la obra derivada si el primer autor no lo autorizó. Esto vale en
casos de código, de sampleo de música, etc. Y SIEMPRE hay que citar al autor
o autores originales.  

Slds.
Alejandro Rodríguez


-----Mensaje original-----
De: olpc-uruguay-bounces en lists.laptop.org
[mailto:olpc-uruguay-bounces en lists.laptop.org] En nombre de
olpc-uruguay-request en lists.laptop.org
Enviado el: Martes, 31 de Agosto de 2010 02:05 p.m.
Para: olpc-uruguay en lists.laptop.org
Asunto: Resumen de Olpc-uruguay, Vol 28, Envío 132

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Asuntos del día:

   1. Re: PRegunta sobre las licencias CC (Fabian Peña)
   2. Re: PRegunta sobre las licencias CC (Fabian Peña)


----------------------------------------------------------------------

Message: 1
Date: Tue, 31 Aug 2010 14:02:10 -0300
From: Fabian Peña <fapenia en adinet.com.uy>
Subject: Re: [Olpc-uruguay] PRegunta sobre las licencias CC
To: Comunidad ceibalJAM <olpc-uruguay en lists.laptop.org>
Message-ID: <4C7D3592.6030000 en adinet.com.uy>
Content-Type: text/plain; charset="iso-8859-1"

  Bueno me refería justamente a eso con lo de libertades básicas.Yo 
puedo hacer un cumple de 15 y pasar musica "libre" y no creo que puedas 
convencer
a los "garroneros" de AGADU con ese verso.
Y de todas maneras ya pagué por la música ( usuarios p2p abstenerse ) , 
entiendo que no tengo derecho de grabar cd's y venderlos pero si de 
escucharla
y bailar con ella.
Ojo , no sabía ( y creo que como mucha gente ) de los convenios de AGADU 
etc etc. Pero de todas maneras como se mide eso, es todo un misterio.
AGADU te cobra por la fiesta y no sabe si voy a pasar musica de Jorge 
Drexler o que , asi que a Drexler no le va a ir un peso de mi fiesta, y 
si pasara de Drexler , como ya dije
ya pague el CD o lo pago el dueño de la disco.





El 31/08/2010 01:31 p.m., Fernando Gimenez escribió:
> Fabian y gente
> Lo que ocurre es que se "supone" que la ley de derechos de autor "nos 
> protegería" (jajaja dudoso esto..) sobre la captura de datos o 
> imágenes y transportarlo hacia otro lugar cambiando los nombres de 
> autoría y/o sin los permisos de los autores. (algo corriente en internet)
> Un alumno de un liceo privado presentó el informe final (bachillerato 
> diversificado reforma 2001) y la carpeta estaba llena de páginas web 
> copiadas con la autoría de él...resultado...perdió la presentación 
> porque la mesa de profesores adujo que estaba plagiando el informe.
> Las emisoras de radio y TV pagan un canon por una cantidad de temas 
> musicales emitidos durante un mes, y ya que mencioné a AGADU (me falta 
> SUDEI que no se como trabajan, pero es diferente a AGADU), se supone 
> que Uruguay, a través de AGADU, paga a las discográficas 
> internacionales (o multinacionales) por los derechos de autoría de los 
> temas musicales emitidos. Por ejemplo, el MEC, a través del SODRE y 
> canal 5, tiene un convenio con AGADU por la emisión de obras de música 
> clásica y por la música popular (entran otros géneros), por las 
> cuales, TODOS los programas, deben remitir un listado de temas 
> musicales emitidos durante la programación. (lo sé porque trabajé 10 
> años en el SODRE).
> Ahora Fabián, no se cuales son las libertades básicas...es como el 
> periodista que ya de por sí no tiene libertad de prensa o a libertad 
> de expresión que esta RIP.
> Comparto contigo lo de pagar a AGADU por los derechos de autor en los 
> cumples de 15, cuando tenía la discoteca, cada vez que hacía un baile 
> venían los de AGADU a garronearme y yo me tenía que callar, sino me lo 
> suspendían, que tul?? Es como todo, hecha la ley, hecha la trampa....
> Pero seguiremos desprotegidos hasta que un día "el hada madrina" toque 
> con la varita mágica y.....solucionado el tema!! (será posible??)
> Abrazos p todos
> Fernando
> El 31 de agosto de 2010 12:27, Fabian Peña <fapenia en adinet.com.uy 
> <mailto:fapenia en adinet.com.uy>> escribió:
>
>     Eso de la ley de derechos de autor , me suena a que luego cada vez
>     que compre un CD virgen , tenga que "pagarte" por las dudas de que
>     se me ocurra meter en el una animación tuya.
>     Que no es que vea mal la ley de derechos de autor, pero me
>     complace que siga dando vueltas  mientras no se redacte con todas
>     las puntas atadas y que esta realmente proteja los derechos del
>     autor sin quitar otras libertades básicas.
>     No se cual es el fundamento actual, pero eso de hacer un cumple de
>     15 y tener que pagar "una buena suma" a AGADU por pasar la música
>     de los beatles , suena a una verdadera JODA! ya que nadie les va a
>     mandar un peso. O si ?.
>
>     PD: "pagarte" a las claras se sabe que tu no recibirás un peso
>
>
>
>
>
>     El 31/08/2010 08:52 a.m., Fernando Gimenez escribió:
>>
>>     Hola
>>
>>     Se supone que por la Convención de Roma de 1954, todo trabajo
>>     registrado por alguien o como los famosos et al..., están
>>     protegidos de una forma mínima por cada Estado. Por eso se
>>     realiza el registro en la Biblioteca Nacional (ya hay un
>>     formulario directo para hacer eso) y por lo menos, tiene una
>>     protección mínima. Aunque parezca irrisorio también se hace el
>>     registro en marcas y patentes, pero ya en ese caso, hay que pagar.
>>     En AGADU una vez fuí a averiguar sobre como podía proteger mis
>>     animaciones cuando trabajaba en canal 5 (productora privada) y no
>>     tenían idea de como se podía registrar eso...todavía está dando
>>     vueltas en el Parlamento la famosa Ley de Derechos de Autor, pero
>>     creo que me he ido un poco por las ramas... No se si aclaré u
>>     oscurecí.
>>
>>     Abrazos p todos
>>
>>     Fernando
>>
>>     El 31 de agosto de 2010 08:25, Paola Bruccoleri
>>     <pbruccoleri en adinet.com.uy <mailto:pbruccoleri en adinet.com.uy>>
>>     escribió:
>>
>>         nanonano en mediagala.com <mailto:nanonano en mediagala.com> escribió:
>>         > TEngo una pregunta:
>>         >
>>         > ¿Que pasa si yo escribo algo, le pongo una licencia CC, pero
>>         .... toman mi trabajo sin respetar la licencia y hacen otro,
>>         ponen su
>>         nombre, o lo venden, etc, etc?
>>
>>         esa discusión se dió en una charla con varios profesores, donde
>>         preguntaban por la "validez" y seguridad de poner cq licencia
>>         libre,
>>         sean la CC o cq otra, porque acá en Uruguay, según decían,
>>         sólo podés
>>         hacer un juicio si la obra está registrada en la biblioteca
>>         nacional,
>>         que es donde se registran los derechos de autor.
>>
>>         Quizás alguien de Uruguay tenga más claro este tema y puede
>>         poner un
>>         poco de luz.
>>         Mucha gente es celosa de sus trabajos (proyectos, etc) porque
>>         no se
>>         sienten seguros a la hora de usar esas licencias, porque no
>>         saben cómo
>>         proceder en caso de que ellos detecten un fraude.
>>         chauuuuuuuuuuuuu
>>
>>
>>
>>         _______________________________________________
>>         Olpc-uruguay mailing list
>>         Olpc-uruguay en lists.laptop.org
>>         <mailto:Olpc-uruguay en lists.laptop.org>
>>         http://lists.laptop.org/listinfo/olpc-uruguay
>>
>>
>>
>>     _______________________________________________
>>     Olpc-uruguay mailing list
>>     Olpc-uruguay en lists.laptop.org  <mailto:Olpc-uruguay en lists.laptop.org>
>>     http://lists.laptop.org/listinfo/olpc-uruguay
>
>
>     _______________________________________________
>     Olpc-uruguay mailing list
>     Olpc-uruguay en lists.laptop.org <mailto:Olpc-uruguay en lists.laptop.org>
>     http://lists.laptop.org/listinfo/olpc-uruguay
>
>
>
> _______________________________________________
> Olpc-uruguay mailing list
> Olpc-uruguay en lists.laptop.org
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Message: 2
Date: Tue, 31 Aug 2010 14:04:59 -0300
From: Fabian Peña <fapenia en adinet.com.uy>
Subject: Re: [Olpc-uruguay] PRegunta sobre las licencias CC
To: Comunidad ceibalJAM <olpc-uruguay en lists.laptop.org>
Message-ID: <4C7D363B.2070702 en adinet.com.uy>
Content-Type: text/plain; charset="iso-8859-1"

  Bueno me refería justamente a eso con lo de libertades básicas.Yo 
puedo hacer un cumple de 15 y pasar musica "libre" y no creo que puedas 
convencer
a los "garroneros" de AGADU con ese verso.
Y de todas maneras ya pagué por la música ( usuarios p2p abstenerse ) , 
entiendo que no tengo derecho de grabar cd's y venderlos pero si de 
escucharla
y bailar con ella.
Ojo , no sabía ( y creo que como mucha gente ) de los convenios de AGADU 
etc etc. Pero de todas maneras como se mide eso, es todo un misterio.
AGADU te cobra por la fiesta y no sabe si voy a pasar musica de Jorge 
Drexler o qué , asi que a Drexler no le va a ir un peso de mi fiesta, y 
de todas maneras como ya dije
ya pague el CD o lo pago el dueño de la disco.
Una cosa es el derecho a defenderte y otra el de atacar, porque si  ( 
porque podía ) .

Salu2








El 31/08/2010 01:31 p.m., Fernando Gimenez escribió:
> Fabian y gente
> Lo que ocurre es que se "supone" que la ley de derechos de autor "nos 
> protegería" (jajaja dudoso esto..) sobre la captura de datos o 
> imágenes y transportarlo hacia otro lugar cambiando los nombres de 
> autoría y/o sin los permisos de los autores. (algo corriente en internet)
> Un alumno de un liceo privado presentó el informe final (bachillerato 
> diversificado reforma 2001) y la carpeta estaba llena de páginas web 
> copiadas con la autoría de él...resultado...perdió la presentación 
> porque la mesa de profesores adujo que estaba plagiando el informe.
> Las emisoras de radio y TV pagan un canon por una cantidad de temas 
> musicales emitidos durante un mes, y ya que mencioné a AGADU (me falta 
> SUDEI que no se como trabajan, pero es diferente a AGADU), se supone 
> que Uruguay, a través de AGADU, paga a las discográficas 
> internacionales (o multinacionales) por los derechos de autoría de los 
> temas musicales emitidos. Por ejemplo, el MEC, a través del SODRE y 
> canal 5, tiene un convenio con AGADU por la emisión de obras de música 
> clásica y por la música popular (entran otros géneros), por las 
> cuales, TODOS los programas, deben remitir un listado de temas 
> musicales emitidos durante la programación. (lo sé porque trabajé 10 
> años en el SODRE).
> Ahora Fabián, no se cuales son las libertades básicas...es como el 
> periodista que ya de por sí no tiene libertad de prensa o a libertad 
> de expresión que esta RIP.
> Comparto contigo lo de pagar a AGADU por los derechos de autor en los 
> cumples de 15, cuando tenía la discoteca, cada vez que hacía un baile 
> venían los de AGADU a garronearme y yo me tenía que callar, sino me lo 
> suspendían, que tul?? Es como todo, hecha la ley, hecha la trampa....
> Pero seguiremos desprotegidos hasta que un día "el hada madrina" toque 
> con la varita mágica y.....solucionado el tema!! (será posible??)
> Abrazos p todos
> Fernando
> El 31 de agosto de 2010 12:27, Fabian Peña <fapenia en adinet.com.uy 
> <mailto:fapenia en adinet.com.uy>> escribió:
>
>     Eso de la ley de derechos de autor , me suena a que luego cada vez
>     que compre un CD virgen , tenga que "pagarte" por las dudas de que
>     se me ocurra meter en el una animación tuya.
>     Que no es que vea mal la ley de derechos de autor, pero me
>     complace que siga dando vueltas  mientras no se redacte con todas
>     las puntas atadas y que esta realmente proteja los derechos del
>     autor sin quitar otras libertades básicas.
>     No se cual es el fundamento actual, pero eso de hacer un cumple de
>     15 y tener que pagar "una buena suma" a AGADU por pasar la música
>     de los beatles , suena a una verdadera JODA! ya que nadie les va a
>     mandar un peso. O si ?.
>
>     PD: "pagarte" a las claras se sabe que tu no recibirás un peso
>
>
>
>
>
>     El 31/08/2010 08:52 a.m., Fernando Gimenez escribió:
>>
>>     Hola
>>
>>     Se supone que por la Convención de Roma de 1954, todo trabajo
>>     registrado por alguien o como los famosos et al..., están
>>     protegidos de una forma mínima por cada Estado. Por eso se
>>     realiza el registro en la Biblioteca Nacional (ya hay un
>>     formulario directo para hacer eso) y por lo menos, tiene una
>>     protección mínima. Aunque parezca irrisorio también se hace el
>>     registro en marcas y patentes, pero ya en ese caso, hay que pagar.
>>     En AGADU una vez fuí a averiguar sobre como podía proteger mis
>>     animaciones cuando trabajaba en canal 5 (productora privada) y no
>>     tenían idea de como se podía registrar eso...todavía está dando
>>     vueltas en el Parlamento la famosa Ley de Derechos de Autor, pero
>>     creo que me he ido un poco por las ramas... No se si aclaré u
>>     oscurecí.
>>
>>     Abrazos p todos
>>
>>     Fernando
>>
>>     El 31 de agosto de 2010 08:25, Paola Bruccoleri
>>     <pbruccoleri en adinet.com.uy <mailto:pbruccoleri en adinet.com.uy>>
>>     escribió:
>>
>>         nanonano en mediagala.com <mailto:nanonano en mediagala.com> escribió:
>>         > TEngo una pregunta:
>>         >
>>         > ¿Que pasa si yo escribo algo, le pongo una licencia CC, pero
>>         .... toman mi trabajo sin respetar la licencia y hacen otro,
>>         ponen su
>>         nombre, o lo venden, etc, etc?
>>
>>         esa discusión se dió en una charla con varios profesores, donde
>>         preguntaban por la "validez" y seguridad de poner cq licencia
>>         libre,
>>         sean la CC o cq otra, porque acá en Uruguay, según decían,
>>         sólo podés
>>         hacer un juicio si la obra está registrada en la biblioteca
>>         nacional,
>>         que es donde se registran los derechos de autor.
>>
>>         Quizás alguien de Uruguay tenga más claro este tema y puede
>>         poner un
>>         poco de luz.
>>         Mucha gente es celosa de sus trabajos (proyectos, etc) porque
>>         no se
>>         sienten seguros a la hora de usar esas licencias, porque no
>>         saben cómo
>>         proceder en caso de que ellos detecten un fraude.
>>         chauuuuuuuuuuuuu
>>
>>
>>
>>         _______________________________________________
>>         Olpc-uruguay mailing list
>>         Olpc-uruguay en lists.laptop.org
>>         <mailto:Olpc-uruguay en lists.laptop.org>
>>         http://lists.laptop.org/listinfo/olpc-uruguay
>>
>>
>>
>>     _______________________________________________
>>     Olpc-uruguay mailing list
>>     Olpc-uruguay en lists.laptop.org  <mailto:Olpc-uruguay en lists.laptop.org>
>>     http://lists.laptop.org/listinfo/olpc-uruguay
>
>
>     _______________________________________________
>     Olpc-uruguay mailing list
>     Olpc-uruguay en lists.laptop.org <mailto:Olpc-uruguay en lists.laptop.org>
>     http://lists.laptop.org/listinfo/olpc-uruguay
>
>
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Fin de Resumen de Olpc-uruguay, Vol 28, Envío 132
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